29 July 2020

ARGENTINA: DESCLASIFICACIÓN OVNI


Desde hace tiempo (años), algunas personas en Argentina pertenecientes a la organización privada CEFORA, han estado recogiendo firmas en apoyo a su solicitud de desclasificar archivos militares presuntamente relacionados con la investigación OVNI. Dí mi firma hace unos años.

Aquí nos complace presentar un artículo bien elaborado por el miembro del GEFAI y bien conocido estudioso español Vicente-Juan Ballester Olmos (quien obtuvo la desclasificación de los archivos militares sobre los OVNIs en su país) que explica la situación en la Argentina.

Quiero dirigirme a las personas que aún solicitan la desclasificación de archivos militares sobre los OVNIs, para decirles: olvídense del pasado y dedíquense al presente y el futuro, investigando bajo pautas científicas.

Después de todo, la desclasificación ocurrida en otros países no ha dado una solución a elementos clave acerca del tema.


Milton W. Hourcade 


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Argentina: Desclasificación OVNI
VICENTE-JUAN BALLESTER OLMOS

Argentina fue uno de los primeros países del mundo en contar con una comisión de encuesta dedicada al fenómeno ovni, concretamente la Armada en 1952, ubicada en la base naval de Puerto Belgrano. Por su lado, la Revista Nacional de Aeronáutica publicó informaciones sobre avistamientos en 1955, 1956 y 1960. La Armada argentina creó una comisión permanente para el estudio de los ovnis en 1962, y ese mismo año la Fuerza Aérea del país estableció una “división” con igual propósito. Tras varias vicisitudes, altibajos y cancelaciones de proyectos, entre 1979 y 1987 funcionó en la FAA una comisión para estudiar ovnis, dentro del seno de la Comisión Nacional de Investigaciones Espaciales (CNIE). Entre 1991 y 1997, el Ministerio de Defensa argentino formó CITEFA, un centro de investigación de tecnologías para la Defensa, dentro del que un grupo de trabajo se dedicaba informalmente al estudio de casos ovni. En Mayo de 2011, la FAA creó la CEFAE para el estudio de los fenómenos aeroespaciales que, desde 2015 viene impulsada con rigor y transparencia por el comodoro Rubén Lianza, organismo renombrado a partir de abril de 2019 como CIAE (Centro de Identificación Aeroespacial).1

Sin embargo, es lógico pensar que instituciones como la Fuerza Aérea o la Armada, principalmente, dispusieran de archivos con casuística e informes ovni de años pasados. Pero ya no existen, por desgracia. Al menos, no en los organismos oficiales. Y la razón es que (tal como ocurre en otros países), en Argentina, las Fuerzas Armadas tienen un Reglamento que estipula los tiempos máximos de custodia de archivos. Más específicamente, en las décadas que nos interesa estudiar, los tiempos máximos de custodia de archivos de caracter general, no excedían de los cinco años.

Por esa razón, investigadores argentinos y de otros países (yo mismo, en particular) nos hemos esforzado en recabar -antes de su pérdida irremediable- informes oficiales sobre observaciones ovni y darlos a conocer al público.2-5

Cabe aclarar que la política de tratamiento de archivos del Ministerio de Defensa Argentino cambió a partir del Decreto N°1131 del 28 de octubre de 2016 mediante el cual se reguló la digitalización y archivo de documentos en formato electrónico, facultando a la Secretaría de Modernización Administrativa (Ministerio de Modernización) a “dictar las normas operativas...relativas a la conservación y plazos de guarda de los documentos electrónicos y expedientes en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), así como también para el proceso de digitalización, archivo y conservación de documentos de gestión en soporte papel en el ámbito del sector público nacional”. En resumidas cuentas, desde esa fecha es el Ministerio de Defensa quien estipula qué se conserva y durante cuánto tiempo.

Antes de tal fecha, cada una de la Fuerzas Armadas Argentinas tenía su propio Manual de Tratamiento de la Documentación de Archivo. En el caso de Fuerza Aérea Argentina, se llamaba MAPG 4. Dicho Manual especificaba en su Párrafo 82, apartados (a) y (b) que el tiempo de custodia para archivos de tipo “Acta ” o “Información” sobre asuntos administrativos, relativos a cuestiones personales, accidentes o incidentes sufridos por personal militar y civil [dentro de la cual se encuadran las denuncias de avistamientos] será de un máximo de 5 años, después de lo cual la documentación deberá ser destruida por incineración.

Por ello, ante recientes solicitudes de desclasificación de archivos “ovni”, la Armada Argentina amparada en lo estipulado por la regulación de tratamiento de archivos vigente en las fechas de interés, haya respondido -verazmente- que carece de antecedentes documentales.6

Nuestras esperanzas de que el Estado Argentino pudiera proveer a los investigadores información ovni que todavía se hallara oculta en archivos oficiales anteriores a 2016 se evapora. La Administración y su burocracia es así. Cualquier posible demanda de “desclasificación” queda abortada desde antes de hacerse. Hay que afrontar la cruda realidad con realismo.


(1) https://www.argentina.gob.ar/fuerzaaerea/centro-de -identificacion-aeroespacial
(2)V.J. Ballester Olmos, M. Borraz Aymerich, J.C. Victorio Uranga y H. Janosch, https://www.academia.edu/31467521/AVISTAMIENTOS_OVNI_EN_LA_ANTARTIDA_EN_1965.pdf
(3) V.J. Ballester Olmos,https://www.academia.edu/32940669/Formulario_OVNI_de_la_Armada_Argentina_1963
(6) Secretaría General de la Armada, 27 de febrero de 2020.

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